6º FORO DESARROLLO SUSTENTABLES
“Acciones Concretas para el Cambio Climático”
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México, 27 de octubre de 2010.
BOLETÍN INFORMATIVO: 01.
“El cambio climático y el Desarrollo Económico y Turístico”
VALORAR LOS SERVICIOS AMBIENTALES UNA ALTERNATIVA PARA MEJORAR EL ECOSISTEMA
Generar un mecanismo de compensación de la pérdida de usufructo de áreas forestales nativas; asignar la compensación al predio, no a la persona, como una compensación permanente; así como, generar un el procedimiento de adición del monto de conservación de los servicios ambientales, a los cobros establecidos para uso lucrativo, son algunas de la propuestas de Samaniego Huerta, quien es ingeniero agrónomo por la Universidad Autónoma de Chapingo, al participar en el 6º Foro Desarrollo Sustentable, organizado por la Unidad Nacional de Asociaciones de Ingenieros, A.C.,. Camino a la COP16, en el cual se plantean acciones concretas para el Cambio Climático.
Sin embargo, puntualizó que si queremos, que lo anterior funcione debemos estar conscientes de que todas las áreas forestales producen servicios ambientales en alguna medida y tenemos que cuidarlas; no se tienen que considera el pago por los servicios ambientales en áreas forestales no arboladas, ni arboladas nativas.
También s-señalo-, que solo se subsidia el desarrollo de las áreas productoras de madera nueva o reforestación, no se paga el servicio prestado actualmente.
Afirmó que, actualmente se restringe el acceso a los estímulos, los cuales además son temporales.
Respecto, al entorno que nos rodea, aseguró que hay que reconocer que afectamos y condicionamos las circunstancias de vida de las personas o la sociedad, ya que existen un conjunto de valores naturales, sociales y culturales, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras.
Es por eso que, apuntó no sólo el espacio en el que se desarrolla la vida, también seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como intangibles como la cultura.
Por otra parte, se refirió a los procedimientos establecidos por el articulo 5, el cual se refiere a la no alteración del régimen de propiedad de los terrenos a los que se refirió anteriormente.
Finalmente, relató que dicho artículo es claro ya que, la propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde, a los ejidos, las comunidades, pueblos y comunidades indígenas, personas físicas o morales, la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios que sean propietarios de los terrenos donde aquéllos se ubiquen.
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